El trágico atajo de Margarita ante las listas de espera

 

Una mujer ha quedado en estado vegetativo tras someterse a una operación en la que no fue intubada correctamente. Esto le produjo una grave hipoxia. Por ello se ha condenado a Agrupación mutual aseguradora a un pago total de 1.599.464,40 euros.

El juzgado de primera instancia número 83 de Madrid ha condenado a la Agrupación Mutual Aseguradora al pago de una reparación económica a la mujer que se encuentra en estado vegetativo, además de a sus hijos y su marido, a lo que hay que sumarle los intereses.

 

En la noticia: Una mujer permanece en estado vegetativo desde 2010 por error de los anestesistas que la operaron

 

 

«El fallo concede a la mujer y su familia una indemnización de 1,62 millones de euros (entre principal e intereses) tras el apoyo jurídico recibido de la Asociación de Víctimas de Negligencias Médicas (Avinesa) con el abogado Rafael Martín Bueno.»

Martín Bueno explica que “el peligro en estos casos es que, tras la anestesia, los médicos no puedan intubar al paciente, porque este ya no es capaz de respirar por sí mismo”. “Por ello la medicina prevé varias medidas alternativas de precaución, ninguna de las cuales se adoptaron en este caso”, añade el abogado.

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Hechos ocurridos y que derivan en el estado vegetativo de la paciente

Una mujer ingresó el día 26 de abril de 2010 en el hospital de Molina (Murcia) para someterse a una operación por un problema de bocio multinodular. Este se produce por un mal funcionamiento del tiroides y cuyo tratamiento es la extracción de esta glándula.

Las negligencias comenzaron casi desde el principio de su estancia en el centro hospitalario. No hay constancia de que la mujer fuera informada de que las dificultades para la intubación pudieran conllevar una hipoxia con daños neurológicos. Aunque era conocido que la mujer ya había sufrido dificultades con la intubación anteriormente.

Del mismo modo no queda registrado que se llevase a cabo un preoperatorio adecuado. Ni siquiera el anestesista hace mención de éste cuando elaboró el informe preanestésico.

Tras todo ello se produjo la intubación de la paciente después de ser anestesiada. Los sedantes paralizaron la actividad de todos los músculos, incluso los respiratorios, por eso requirió ventilación artificial. Dicha intubación falló hasta en tres ocasiones. Al no conseguirlo, se pasó a utilizar una mascarilla laríngea supraglótica, que tampoco surtió efecto. Presentaba un broncoespasmo severo (contracción de los bronquios que impide respirar). Deciden en ese momento practicarle una traqueostomía urgente.

Aún así, durante esos momentos en los que no pudo proveérsele correctamente de oxígeno, la saturación de este bajó del 98% (cantidad dentro de la normalidad) a un 50%. Se provocó por tanto una hipoxia en la paciente que le causó daños cerebrales severos e irreparables.

Los médicos anestesistas argumentaron en el juicio haber seguido los protocolos estipulados. Pero el Juzgador concluyó que la labor de un profesional sanitario es evaluar cada caso de manera individual y actuar acorde.

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