1.250.000€ por sufrimiento fetal e hipoxia

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia que estimó los argumentos del abogado D. Rafael Martin Bueno. Consideran probado que la asistencia médica que recibió una madre en el Hospital San José, causó una asfixia intraparto que fue la causa de que su hija padezca tetraparesia y retraso madurativo. Actualmente tiene un 75% de discapacidad con dificultades de movilidad, debido a una parálisis cerebral mixta.

Hechos ocurridos

La mujer embazada acudió a Urgencias del Hospital San José por molestias abdominales, encontrándose de 36 semanas. En la exploración no se apreció nada fuera de lo común. La monitorización fetal fue interpretada por el obstetra como normal, pese a las desaceleraciones evidentes, ya que consideró que se trataba de un feto pretérmino. La paciente fue dada de alta sin realizarse más pruebas.

En su domicilio transcurrió el periodo de dilatación, sin control, durante 12 horas. A las 4 de la madrugada del día siguiente la madre volvió a Urgencias, esta vez ya de parto, en periodo expulsivo.

La situación del feto en ese momento ya era grave, asfixia intraparto y se tuvo que realizar una cesárea urgente. Aunque en un primer momento fue trasladada a la unidad neonatal del mismo centro, posteriormente fue reubicada en el Hospital Montepríncipe. Donde se constató la sospecha de pérdida de bienestar fetal (asfixia intraparto), que confirmó la exploración neurológica. Los médicos determinaron que la niña había sufrido asfixia perinatal o asfixia intraparto.

Sentencia: queda probada la asfixia intraparto causante de las secuelas de la menor

Los peritos concluyeron que la alteración neurológica que padece la menor es consecuencia directa de la omisión de las medidas de control de bienestar fetal por parte de los servicios médicos. Esto fue determinante de la hipoxia uterina, existiendo sufrimiento fetal durante el parto.

La Audiencia Provincial de Madrid no sólo ha confirmado la Sentencia dictada anteriormente. Además, ha incrementado la cuantía de la indemnización y los intereses de mora del art. 20 LCS.

Condenó a Antares, entidad aseguradora, al pago de 1.250.000€.

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