475.000 euros por preoperatorio incorrecto

Acuerdo extrajudicial por preoperatorio incorrecto

Rafael Martín Bueno, alcanzó un acuerdo extrajudicial por importe de 475.000 euros. Indemnización por las secuelas que presenta el paciente tras un preoperatorio incorrecto.

Previa a la intervención quirúrgica de reducción y osteosíntesis de fractura hundimiento D12, existió un examen preoperatorio. Los resultados informaron de determinadas alteraciones en la cifra de hematíes, hematocrito y plaquetas. A pesar de ello, fue intervenido quirúrgicamente sufriendo un infarto cerebral consecuencia de una trombofilia que presentaba. Un examen más minucioso de las alteraciones analíticas y la aplicación del tratamiento antitrombótico previo a la cirugía habría evitado las graves secuelas irreversibles que sufrió el paciente.

 

¿En qué consiste el protocolo analítico preoperatorio?

El protocolo analítico preoperatorio forma parte del estudio de todo paciente que ha de ser sometido a una intervención quirúrgica. Su utilización está enfocada al diagnóstico o a la exclusión de patologías que puedan aumentar el riesgo anestésico o provocar complicaciones per o postoperatorias.

Los análisis de sangre, sirve para detectar alteraciones de la serie roja, que podrían suspender o post poner la fecha de la intervención.  Esta prueba también mide la cantidad de plaquetas y otras pruebas de la sangre que auxilian en la coagulación.

Los objetivos fundamentales que se persiguen con la solicitud de test analíticos en el preoperatorio son:

  • Identificación de condiciones médicas significativas no documentadas.
  • Detección de condiciones insospechadas, pero no modificables, que puedan alterar la evaluación de riesgo quirúrgico.
  • Detección de alteraciones biológicas del paciente que puedan aumentar el riesgo de la intervención quirúrgica o de la anestesia.
  • Obtención de resultados basales que puedan ser útiles en la toma de decisiones, antes, durante y después de la cirugía.
  • Servir de guía para las posibles administraciones parenterales o farmacológicas a las que se tengan que cometer los pacientes.
  • Valoración del riesgo de la anestesia y de la cirugía.
  • Prevención de las complicaciones perioperatorias.

 

¿Cuáles son los hechos que han llevado a indemnizar al paciente con 475.000 euros?

 

El paciente, de 38 años de edad, acudió al Servicio de Urgencias por dolor lumbar tras notar un tirón en una carrera de sacos sin alteraciones neurológicas. En ese momento, la radiografía detecta fractura D12 y, más concretamente, el TC de columna dorsal informa de la presencia de una fractura-aplastamiento de D12.

Con dicho el diagnóstico el paciente acudió a consulta, donde se detectó “aumento del hundimiento del cuerpo vertebral”.

Ante dicha patología se le propone cirugía de “osteosíntesis de fracturas”. El paciente aceptó el tratamiento, firmando el correspondiente consentimiento informado. Consentimiento, donde se reflejaban distintas complicaciones de la intervención a realizar, entre las que no consta el infarto cerebral y el tromboembolismo pulmonar que este presentó. A mayor abundamiento, existió una grave falta de información en tanto en cuanto el paciente al que tampoco informaron sobre la presencia de una analítica con alteraciones en el preoperatorio.

El paciente fue intervenido quirúrgicamente para reducción + osteosíntesis de fractura de D12 bajo AGB que transcurre sin incidencias. Sin embargo, una vez en reanimación presenta hemiplejía derecha. Se le realizan TAC craneal, siendo trasladado a la Unidad de Cuidados Intensivos, donde le detectan que ha sufrido infarto cerebral subagudo en el territorio de CM y CA izquierdas.

Trasladado a planta de Medicina Interna, los diagnósticos informan de ictus isquémico hemisférico, artrodesis de columna y crisis comicial parcial. Fue entonces cuando la realización de un estudio completo detectó que presentaba una homocisteína elevada y era portador heterocigoto de la mutación C677T del gen MTHFR (Metileno-tetrahidrofolato reductasa), relacionado con el metabolismo de la homocisteína.

 

Mala praxis médica y Daño evitable

 

El estudio preoperatorio completo habría permitido cuantificar el riesgo quirúrgico/anestésico y optimizar la atención al paciente. Sin embargo, las alteraciones que presentó la analítica preoperatoria no constan que se investigaran ni llamaran la atención de médico alguno, a pesar de hacerse constar en el informe preoperatorio del anestesista.

Por consiguiente, es evidente que existió una mala praxis médica al no valorar los parámetros alterados detectados en la analítica preoperatoria, que informaban de una hipercoagulabilidad del paciente, permitiendo una intervención quirúrgica no urgente que ocasionó un infarto cerebral y tromboembolismo pulmonar Bilateral.

El daño se pudo evitar si se hubiera aplazado la operación, estudiado el origen de las alteraciones demostradas en la analítica preoperatoria, valorado el riesgo que presentaba y aplicado el tratamiento anticoagulante adecuado.

 

¿Cuáles son las secuelas derivadas del preoperatorio incorrecto?

 

Como consecuencia, en el informe de alta del Servicio de Neurología, el paciente presenta las siguientes secuelas:

  • Afasia mista, no fluyente. “Sólo emite monosílabos. Fallos al nominar y repetir”
  • Déficit cognitivo. “Sigue instrucciones simples. Se intoxica en las de dos pasos”
  • Paresia facial derecha.
  • Hemiparesia derecha.

A lo que hay que añadir Trastorno depresivo en tratamiento farmacológico.

El paciente ha evolucionado, satisfactoriamente, de sus secuelas, habiendo alcanzado un acuerdo extrajudicial por importe de 475.000 euros.

 

Si quieres conocer más sobre los acuerdos extrajudiciales puedes consultar nuestro blog:

Pactos extrajudiciales y clausulas de confidencialidad

Así como otras noticias de actualidad: http://www.diariomedico.com/area-profesional/normativa/se-disparan-los-pactos-de-silencio-entre-aseguradoras-y-pacientes

 

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