100.000€ por confundir una tromboembolia con un trastorno mental

El paciente acudió en numerosas ocasiones a urgencias mientras desarrollaba una tromboembolia producto de un tumor en el riñón. A pesar de eso, los médicos consideraron que se trataba de un trastorno psiquiátrico.

A causa de ello la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid tendrá que indemnizar a su viuda con 102.483,64 euros por la reclamación interpuesta por su abogado, Rafael Martín Bueno.

Hechos ocurridos

La primera vez que la víctima acudió a Urgencias en la Fundación Hospital Alcorcón refirió anuria (dificultad o incapacidad de orinar). Presentaba este síntoma desde hacía 24 horas unido a la sensación de urgencia urinaria y dolor infraumbilical.

En ese momento se le realizó una exploración, una analítica de sangre y una radiografía del abdomen, pero no se obtuvieron resultados significativos. Por tanto, únicamente se le colocó una sonda para que orinara antes de darle el alta.

Sin embargo, en el momento de abandonar el hospital, el paciente sufrió mareos y sensación de debilidad en las piernas. Se le sometió a una segunda exploración, en la que se confirmó la pérdida de tono en las piernas. Se solicitó entonces una valoración más detallada por parte de Medicina Interna.

Los profesionales de esta especialidad consideraron que podía tratarse de un cuadro conversivo, cuando el paciente presenta síntomas del sistema nervioso que no se pueden explicar por medio de una valoración médica. A causa de ellos se le derivó a Psiquiatría. En ese momento fue diagnosticado de un trastorno somatomorfo, caracterizado por la insistencia en la presencia de síntomas físicos. Se le pautó Orfidal y seguimiento psiquiátrico.

Unos días después los síntomas se agravaron. La familia llamó a urgencias y un facultativo acudió al domicilio. El paciente fue remitido a urgencias nuevamente. Allí le sometieron a una nueva exploración, incluyendo una radiografía de abdomen y un TAC craneal. Dados sus antecedentes, nuevamente le enviaron a Psiquiatría. Se valoró el ingresarle en dicha unidad. El paciente aceptó y también se le citó para Urología unos días más tarde.

Cada vez más grave y ante la sensación de no estar correctamente atendido, el paciente solicitó la baja voluntaria.

Seis días después el paciente tuvo que volver a urgencias por un fuerte dolor torácico. Presentaba un estado de extrema gravedad y, por medio de un electrocardiograma, se le detectan trombos móviles.

En ese momento sufrió una parada cardiorrespiratoria de la que no se pudo recuperar y falleció.

Sentencia

Al realizarse la autopsia se descubrió que, además de los trombos ya detectados, el paciente tenía un tumor en el riñón. Esto hacía que este órgano pasase de pesar entre 135-180 gramos a 800 gramos. Este había sido el origen de la tromboembolia y del resto de síntomas.

La víctima tuvo que soportar una grave falta de atención. Incluso se omitieron pruebas diagnósticas necesarias, como una ecografía abdominal.

Por todo ello la Consejería de la Comunidad de Madrid ha aceptado indemnizar a la viuda con una cantidad de 102.483,64 euros.

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