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Las formas (verbal o escrita) en las que el médico debe informar a un paciente

El sistema de salud en España tuvo un gran cambio con la entrada en vigencia de la Ley 41/2002. Por medio de esta disposición, se regularon los derechos y las obligaciones de los pacientes en materia de información sanitaria en las diferentes formas en las que un médico debe informar a un paciente. La normativa, asimismo, añadió algunos principios importantes, como el derecho a la intimidad de la información relativa a la salud de las personas y el derecho a la autonomía del paciente. 

Pese a la importancia de esta ley reguladora, la negligencia médica por falta de información al paciente continúa en aumento en España. Solo en el año 2021, la asociación Defensor del Paciente recibió un total de 13.156 reclamos por negligencias médicas. Un dato revelador es que la Comunidad de Madrid lideró el ranking con 3.226 casos. Por este motivo, los perjudicados deben contratar a los mejores abogados para que los asesoren en caso de negligencias médicas. 

La legislación española ha contemplado los mecanismos necesarios para hacer frente a la mala praxis médica. Sin embargo, depende del médico responsable cumplir con la normativa, con el objetivo de entregar un servicio de calidad al usuario. En el presente artículo, le hablaremos sobre la obligación de los médicos de cumplir con los derechos de información del paciente. Asimismo, conocerá en qué consiste el consentimiento informado y de qué forma se realiza. 

¿Cómo debe informar un médico a su paciente? 

Entre los principios establecidos por la Ley 41/2022 se encuentra el deber de información. Según el artículo 2 de esta ley, toda actuación de la sanidad requiere el previo consentimiento de los pacientes o los usuarios. Esto se refiere cómo debe informar un médico a su paciente, es decir, los pacientes tienen el derecho a conocer el diagnóstico de su enfermedad, sus consecuencias y sus posibles tratamientos. De este modo, podrán emitir su conformidad o no con el plan terapéutico a establecer por parte del médico. 

En esa misma línea, todo profesional de la salud que interviene en la actividad asistencial está obligado al cumplimiento de los deberes de información a su paciente. Sin embargo, la ley también les obliga a respetar las decisiones que adopten de manera voluntaria cada uno de los pacientes.

Sobre este principio, la jurisprudencia española se ha pronunciado en varias oportunidades. Por ejemplo, en la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia del 2014, se afirmó que la ausencia de información produce una vulneración de la “Lex Artis ad hoc”. Esta se refiere a las prácticas médicas que se consideran como adecuadas para tratar a un paciente. 

Informar al paciente en tiempo y lugar

Es importante precisar que el deber de información va más allá de brindarle la información al paciente en el tiempo y lugar adecuado. En líneas generales, se trata de un principio que involucra el compromiso profesional y moral respecto a los derechos inherentes a la naturaleza del ser humano. Por esta razón, el principio de deber de información se nutre de disciplinas como la filosofía, la ética y la deontología médica. 

En casos de vulneración al principio de deber de información al paciente por parte del médico, nuestro despacho cuenta con los mejores abogados para casos de negligencia médica. 

El consentimiento informado 

Una vez que el médico cumpla con los derechos de información a su paciente, éste podrá decidir si se somete o no al plan terapéutico. La única forma de hacerlo es a través del consentimiento informado previstos en los principios establecidos por la Ley 41/2022.

En concreto, el artículo 3 de la Ley 41/2002 ha definido el consentimiento informado de la siguiente manera: 

“Es la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la información médica adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecte a su salud”.

Consentimiento informado: ¿Forma verbal o forma escrita? 

Como regla general, toda la información que el médico le entrega al paciente deberá ser de forma verbal. Sin embargo, el artículo 8.2 de la Ley 41/2002 contempla algunas excepciones. Así, esta excepción del consentimiento informado será por escrito en los siguientes casos concretos:

  • Intervención quirúrgica.
  • Procedimientos que suponen consecuencias negativas sobre la salud del paciente. 
  • Terapias y diagnósticos invasores. 

Cuando el resultado de una intervención quirúrgica sea peligroso, será necesario el consentimiento escrito del paciente. La jurisprudencia ha recomendado utilizar el consentimiento escrito como medio probatorio ante posibles casos de negligencia médica. 

Formulario de consentimiento informado

El proceso de información médico-paciente culmina con la firma del formulario escrito de consentimiento informado por parte del paciente. Se trata de un documento donde el paciente autoriza la realización de la prestación médica. Es necesario que este documento se entregue con tiempo suficiente para que el paciente pueda leerlo y entenderlo. De esta manera, el paciente podrá despejar cualquier duda sobre su tratamiento si fuera necesario.

Caso Reyes Jiménez

El pasado 08 de marzo de 2022, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictó sentencia en el caso Reyes Jiménez contra España. En el presente asunto, la Corte de Estrasburgo condenó al Estado español por avalar una operación al cerebro de un menor sin obtener el consentimiento por escrito de sus padres.

El perjudicado fue un niño de 6 años, a quien se le detectó un tumor cerebral después de una exploración craneal. Sus padres lo internaron en el servicio de urgencias del Hospital Virgen de la Arrixaca (Murcia). Dos días después, el menor fue sometido a una intervención quirúrgica con el consentimiento informado por escrito de sus representantes

Un mes después, el menor fue intervenido otra vez debido a que en la primera operación quedaron restos del tumor. Para esta ocasión los galenos no solicitaron el consentimiento por escrito. Sin embargo, el médico a cargo informó que les había informado de forma verbal sobre los riesgos de la operación. 

El Tribunal fundamentó su posición en la Ley 41/2022. Esta establece que el consentimiento se dará por escrito en casos de intervención quirúrgica y aplicación de procedimientos que suponen un alto riesgo para la salud de los pacientes. En este caso, el galeno no solo debió informar de forma verbal sino también debió informar a través del consentimiento por escrito a sus progenitores. 

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