Rafael Martín Bueno abogado especialista negligencias médicas

El SAS condenado a 420.000 euros por la muerte de un paciente al no detectar un infarto

El SAS pagará 420.000 euros por la muerte de un paciente al no detectar un infarto

La víctima falleció a causa de un infarto que no le había sido detectado, a pesar de presentar factores de riesgo y síntomas relacionados. 

La Audiencia Provincial ha condenado a Zúrich al pago de una indemnización de más de 420.000 euros a la familia del fallecido, representada por el abogado Rafael Martín Bueno. Pagará 180.957, 29 euros en concepto de indemnización a la familia, su mujer y sus cuatro hijos. Además, hay que sumarle 236.191,49 euros en concepto de intereses de mora desde el año 2012, así como las costas del recurso de apelación que presentó Zúrich. 

El caso:

El paciente, de 52 años, acudió al centro de salud por presentar síntomas compatibles con una cardiopatía isquémica, una obstrucción de las arterias que impide a la sangre llegar al corazón. Sufría dolor torácico que irradiaba al hombro y brazo izquierdo, además de cortejo vegetativo, una sensación de nauseas acompañadas de sudoración fría.

Además, hay que tener en cuenta que la víctima presentaba factores de riesgo tales como el tabaquismo.

En el centro de salud fue diagnosticado de dolor torácico y con sospecha de SAOS (Síndrome de Apnea Obstructiva del Sueño). Sin embargo, no se le hicieron pruebas diagnósticas básicas como un electrocardiograma, una radiografía de tórax o una analítica enzimática. A pesar de ello, se le dio el alta. La única medida que se tomó fue recetarle nitroglicerina sublingual por si le volvía a ocurrir.

Cinco horas más tarde, en su propio domicilio, sufrió un nuevo episodio de dolor precordial. Solicitaron asistencia, en la cual ya se realizó un electrocardiograma donde se pudieron apreciar alteraciones isquémicas. Se decidió su traslado inmediato a un hospital.

Fue en el trayecto cuando la víctima perdió la conciencia a consecuencia de una fibrilación ventricular, sin que fuera desfibrilado en ese momento. Este tratamiento se le aplicó una vez ingresó en el hospital,

A pesar de ello, se informó que fue imposible salvar al paciente debido “al deteriorado estado en el que llegó”.

El Juez concluyó que había tenido lugar una negligencia médica ya que no se realizó un electrocardiograma pese a mostrar varios indicios que pudieran señalar un fallo cardiaco. A pesar de que hace referencia a que no se sabe a ciencia cierta si de haberse realizado habría podido detectarse precozmente el infarto, sí que el paciente presentaba no sólo factores de riesgo sino síntomas relacionados.

En la noticia:

«Además, según explica el abogado Rafael Martín Bueno, que ha representado a la familia, hay que tener en cuenta que la víctima presentaba factores de riesgo tales como el tabaquismo.«

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